La Provincia le puso plazos al cobro de una deuda que mantienen los municipios
El Gobierno de la provincia de Buenos Aires le puso fecha y condiciones a la devolución de fondos que giró a los municipios y ahora pretende recuperar. Se trata del Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal, una serie de recursos que la administración de Axel Kicillof prestó a las comunas en abril de 2020, en el inicio de la pandemia de coronavirus, para que puedan afrontar gastos corrientes, como los salarios.
Así lo estableció el ministro de Hacienda y Finanzas, Pablo López, a través de la resolución 780 con la que pretende recuperar esos fondos que contemplaron la distribución de hasta 12 mil millones de pesos entre las comunas.
La norma publicada en el Boletín Oficial estableció que el plazo de gracia para reprogramar el stock de deuda que tengan los municipios al 1° de diciembre de 2022 termina el 1° de diciembre de este año. A su vez, resolvió que el plazo de devolución será de hasta 18 meses contando desde que termina el periodo de gracia y se pagará en cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
Además, la administración provincial resolvió que en caso que no se lleve adelante tal devolución, se tomarán como garantía los recursos que le corresponda percibir a cada distrito del Régimen de Coparticipación Municipal.
En tanto, en el artículo 2 de la resolución dispuso que las retenciones de la coparticipación “se suspenderán cuando los municipios manifiesten su intención de ingresar a la reprogramación del pago de la deuda”. Y en ese sentido, la fecha límite es el 30 de septiembre de este año. Vencido dicho plazo, la Provincia podrá proceder a retener las cuotas desde el mes de octubre de acuerdo al cronograma vigente para cada municipio.
El Fondo fue creado en abril de 2020 por decreto y contempló la distribución de hasta 12 mil millones de pesos entre las comunas. Según la norma (y las leyes que la modificaron posteriormente), la asistencia era reembolsable, pero sin intereses y para devolverlo bastaba que el intendente de cada localidad firmara un decreto, sin necesidad del visto bueno del Concejo Deliberante.
Este Fondo se compuso con recursos de Rentas Generales de la Provincia, Aportes del Tesoro Nacional y otras fuentes, y se justificó en la crisis sanitaria, económica y social que impactaba sobre el normal funcionamiento de las administraciones locales, que se veían en la necesidad de atender mayores demandas de gastos en un contexto de caída de la recaudación de tributos por la pandemia. (DIB) FD