La Justicia ordenó suspender los cortes de gas por falta de pago
El juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, dispuso este lunes que las empresas distribuidoras de gas no podrán cortarle el suministro a los usuarios que no paguen las boletas, al hacer lugar a un recurso de amparo que presentó la Asociación Consumidores Argentinos.
La asociación presentó un recurso para cuestionar el último aumento tarifario de gas y dispuso su inscripción en el Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El magistrado aseveró que la prestación del servicio es un derecho que el Estado debe garantizar. En ese sentido, dada la época y las bajas temperaturas, ordenó suspender cortes de servicio a las empresas prestatarias de todo el país y dictaminó que “se abstengan de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas a partir del día de la fecha derivado de la falta de pago».
José Elvis Toto y Gustavo Luis Aballar Stiep recurrieron a la Justicia en su condición de apoderados de la Asociación Consumidores Argentinos, solicitaron en su presentación que los aumentos del gas sean declarados nulos e inconstitucionales “por falta de audiencia pública”.
Además de la suspensión de los cortes, habían pedido que se ordene a las empresas distribuidoras a dar marcha atrás con las subas y llevar el gas a los valores anteriores al 1° de abril de 2018, y que también se las hiciera devolver el monto de los aumentos a quienes ya los hubieran pagado.