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Ordenan a la Provincia incluir la cláusula gatillo en la negociación con docentes

Así lo resolvió un el Tribunal laboral. Para calcular el porcentaje salarial, deberá tenerse en cuenta el IPC que publica el INDEC, a partir de julio próximo.

El Tribunal del Trabajo Nº4 de La Plata le ordenó al Gobierno bonaerense que incluya la llamada “cláusula gatillo” en la negociación por los sueldos de los docentes. De esta manera, los magistrados hicieron lugar a un amparo presentado por los distintos sindicatos que integran el Frente Gremial Docente provincial.

Los abogados de los gremios habían interpuesto “querella por práctica desleal en el marco de la negociación salarial colectiva docente del año 2018, contra el Poder Ejecutivo» y el Ministerio de Educación. Asimismo, habían denunciado que el Gobierno de María Eugenia Vidal «negocia de mala fe, incumpliendo la ley 13.552, que no se reúne en tiempo ni con la periodicidad oportuna, que no brinda la información necesaria, que no hace esfuerzos conducentes para proteger los salarios docentes de la inflación y los aumentos de tarifas”.

Los mismos, además, solicitaron también que se declare la ultractividad del convenio salarial del año 2017 con la adecuación por inflación -la denominada «cláusula gatillo»- acordada entonces, y que se dicte una medida cautelar.

En este marco, para los jueces Rodolfo Francisco Martirena y Adela Di Stefano que «el porcentaje previsto para un año determinado, puede ser razonable y equitativo para un nuevo período, pero según el caso también podría ser absurdamente miserable o absurdamente excesivo. Es decir que un aumento de sueldo acordado para un año determinado se agota en ese año y es incompatible con una vocación de réplica de recomposición para el futuro, por lo que escapa a la regla de la ultractividad”.

“Por el contrario, la pauta o cláusula de adecuación semestral automática, de acuerdo al índice de precios al consumidor (IPC), publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), establecida en el convenio colectivo salarial del año 2017 tiene una posible y debida vocación de ultractividad», dijeron los magistrados.

En este marco, los letrados expresaron que la solución mencionada en el párrafo anterior «se trata de una pauta de absoluta razonabilidad, en cuanto permite un relativo resguardo del poder adquisitivo de los sueldos, en función de una referencia fijada por el Estado Nacional”. La inclusión de la cláusula gatillo en la negociación deberá comenzar a partir de julio próximo.