Coronavirus en Argentina: punto por punto, el decreto que extiende la cuarentena
A través del decreto 459/2020, el Gobierno Nacional oficializó la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 24 de mayo como principal medida frente a la expansión de la pandemia de coronavirus, que en el país ya provocó poco más de 6000 contagios y alrededor de 300 muertes.
La prórroga de la cuarentena fue anunciada el viernes pasado, cuando el presidente Alberto Fernández brindó los detalles generales de esta nueva etapa durante la conferencia de prensa que ofreció desde la quinta de Olivos junto al gobernador de la provincia de Buenos Aires y el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta. Tal como explicó Fernández, el aislamiento no sucederá en todo el país del mismo modo. Cada provincia quedó facultada para elaborar planes de flexibilización según la situación local en relación a la expansión de la covid-19, cuya implementación deberá ser aporbada por el gobierno nacional.
Con la firma de todo el Gabinete nacional, el DNU 459/20 sostiene que a 50 días de haber comenzado a ser implementadas, “las medidas de aislamiento y distanciamiento social aún siguen cumpliendo un rol de vital importancia para hacer frente a la epidemia y para mitigar el impacto sanitario de covid-19”.
El decreto prevé una “reapertura progresiva” de las actividades que durante casi dos meses han estado paralizadas en algunas partes del país. Existe una “diversidad” que “se evidencia en la situación epidemiológica actual ya que el 83 por ciento de los departamentos del país no registran casos de covid-19 en los últimos 14 días, mientras que la totalidad de casos confirmados durante ese período de tiempo se localizan en el 17 por ciento restante” del territorio nacional , en donde residen el 41 por ciento de la población del país, postula el DNU que, en tanto, informa que el tiempo de duplicación de casos a la fecha “supera los 25 días y solo se mantiene por debajo de ese número en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA)”.
De acuerdo a lo que establece el decreto, cada mandatario provincial podrá elaborar protocolos para flexibilizar la restricción circulatoria tanto en ciudades de menos de 500 mil habitantes como en aquellas que son más populosas. Se podrán “autorizar actividades industriales, de servicios o comerciales”, para lo cual será necesario “contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria provincial y ordenar la implementación de un protocolo de funcionamiento de la actividad respectiva, que contemple, como mínimo, el cumplimiento de todas las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional”.
La zona más complicada para llevar a cabo tal flexibilización es la metropolitana, en donde se concentra la inmensa mayoría de casos de contagio del virus. Tal como quedó claro en la conferencia de prensa del viernes, los habitantes de la ciudad y la provincia de Buenos Aires deberán cumplir el aislamiento prácticamente como lo vinieron haciendo desde hace casi 50 días, a excepción de algunas actividades industriales y comerciales que las autoridades de cada distrito ya adelantaron que tienen planificado comenzar a habilitar. De los 258 nuevos casos de coronavirus que las autoridades nacionales registraron ayer, 216 tuvieron lugar en esa área: 51 en el territorio bonaerense y 165 en la ciudad.
Cada provincia deberá monitorear la situación en relación a la pandemia en su territorio y elevar un informe semanal al Gabinete nacional a fin de realizar un seguimiento conjunto de la expansión de la covid-19.
Las actividades que siguen prohibidas
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El texto oficial confirma que algunas actividades, como el dictado de clases en todos los niveles y modalidades, los eventos sociales públicos y privados y las actividades turísticas, además del funcionamiento de shoppings y centros comerciales, seguirán estando prohibidas en todo el país.
En un anexo del decreto, se detallan por otro lado los protocolos para la prevención y control para 18 actividades que volverán a funcionar luego de 50 días. Los rubros autorizados son: Automotriz y autopartes, Electrónica y electrodomésticos, Indumentaria, Productos del Tabaco, Metalurgia, Maquinaria y Equipos, Calzado, Gráfica, Ediciones e Impresiones, Madera y Muebles, Juguetes, Cemento, Productos Textiles, Manufacturas del Cuero, Neumáticos, Bicicletas y Motos, Química y Petroquímica, Celulosa y Papel, Plásticos y subproductos, y Cerámicos.