Este martes inicia la campaña contra la aftosa y brucelosis
Sanidad animal
El médico veterinario Juan Carlos Sotera abordó, en Radio Rojas, aspectos de la nueva campaña de vacunación bovina. También se refirió a la autogestión del documento electrónico de tránsito de animales
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) es un organismo sanitario del estado argentino encargado sobre todo de la fiscalización y certificación de los productos y subproductos de origen animal y vegetal, sus insumos y residuos agroquímicos, así como la prevención, erradicación y control de enfermedades de animales, incluidas las transmisibles al ser humano, y de las plagas vegetales que afectan a la producción agropecuaria del país.
Cuenta con 14 centros regionales y 362 oficinas locales distribuidas por todo el país. A fin de implementar y promover la acción sanitaria y fitosanitaria, elabora normas y controla su cumplimiento, y asegura la aplicación del Código Alimentario Argentino, dentro de las normas internacionales exigidas. Asimismo, planifica, organiza y ejecuta programas y planes específicos que reglamentan la producción, y la orienta hacia la obtención de alimentos inocuos para el consumo humano y animal. El Senasa depende del Ministerio de Agroindustria de la República Argentina.
Es el organismo del Estado encargado de ejecutar las políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal y vegetal y verificar el cumplimiento de la normativa vigente en la materia; fiscalizar de la calidad agroalimentaria, al asegurar la aplicación del Código Alimentario Argentino para los productos del área de su competencia; controlar el tráfico federal, importaciones y exportaciones de los productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, productos agroalimentarios, fármaco-veterinarios y agroquímicos, fertilizantes y enmiendas.
Así pues, planifica, organiza y ejecuta programas y planes específicos que reglamentan la producción y la orientan hacia la obtención de alimentos inocuos para el consumo humano y animal.
Campaña de vacunación
En una nota en Radio Rojas, el médico veterinario Juan Carlos Sotera, responsable de los distritos de Rojas y Colón, se refirió a la campaña de vacunación contra la fiebre aftosa, la cual inicia este martes 13. Para ello el productor deberá solicitar un turno para tener habilitada la actividad.
En ese sentido, el funcionario indicó “en este momento estamos en una impasse entre campañas, ya que finalizamos la vacunación contra la fiebre aftosa en el mes de mayo y estaríamos comenzando otra vez el día 13 de octubre con la nueva campaña” y añadió “las campañas en esta zona se desarrollan con normalidad, estamos vacunando alrededor de 70 mil cabezas”.
Sotera comentó que “esta campaña va a ser de menores, es decir todos los animales menos vacas y toros, para eso ya el productor sabe que debe dirigirse a FEPSAR, el ente de vacunación, pedir su turno y ahí se le envía el veterinario para que le vacunen los animales”.
“Nuestra tarea es esencial, nunca dejamos de trabajar, ya que de nosotros y de este ente depende gran parte de la movilidad de los animales, la faena y demás actividades relacionadas con la sanidad y la calidad agroalimentaria” y agregó “a la aftosa hay que combatirla porque es muy contagiosa, la mayoría de los productores sabe porque hace un tiempo atrás la hemos tenido y produce demasiadas pérdidas en los rodeos, lo que hace que no sean sustentables”.
“Junto con la vacunación contra la aftosa se lleva adelante la vacunación contra la brucelosis, que es una enfermedad que se transmite al ser humano, sé que en algunos lados también se vacuna contra el carbunclo, en Rojas no lo estamos haciendo, salvo que el productor lo requiera”.
Autogestión del DT-e para movimiento de animales
En otro orden de cosas, Sotera indicó que “con respecto a lo que estamos viviendo con la pandemia y la cuarentena, el SENASA puso en vigencia un sistema de autogestión para el movimiento de animales, ya que antes el productor, para hacer movimiento de animales debía dirigirse a la oficina a sacar el documento de tránsito que es obligatorio” y completó “desde hace un tiempo se puede hacer todo vía on line, lo que hizo que en septiembre el 70% de los movimientos se hicieron por esta modalidad que ahorra tiempo al productor al tramitar por internet este Documento obligatorio para el traslado de cualquier especie”.
En septiembre de 2020 el 70% de las emisiones de Documentos de Tránsito electrónico (DT-e) para el movimiento de animales se realizaron por autogestión a través del Sistema Integrados de Gestión de Sanidad Animal (Sigsa) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).
El total de DT-e emitidos en todo el país para todas las especies fue 183.846, de los cuales los productores ganaderos emitieron 129.506 por autogestión y 54.340 de manera presencial en las oficinas del Organismo.
Aquellos que deseen tramitar sus movimientos por primera vez, necesitan contar con una clave fiscal, disponer de una cuenta corriente o caja de ahorro (CBU) para efectuar el pago de los aranceles y tener conexión a internet. La adhesión al sistema se realiza on line y se gestiona por única vez. Luego, la persona se encuentra automáticamente habilitada para realizar sus movimientos.
El Sigsa permite también al productor realizar la gestión de las existencias pecuarias mediante la declaración de nacimientos, muertes de animales y cambios de categoría.
Aranceles eximidos para agricultores familiares
Para aquellos productores inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) del Senasa y acreditados en el Registro Nacional de Agricultura familiar (Renaf) del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación el costo de ciertos trámites del Senasa es automáticamente cero, entre los cuales se encuentra la gestión del DT-e (anexo II de la Resolución 240/19).
Facilidades para la gestión de movimientos
Así, el Senasa prorrogó, de un año a 18 meses, las habilitaciones sanitarias para el transporte de animales vivos sin afectar la sanidad ni el bienestar de estos (Resolución 581/2014 y Disposición DNSA 108/2020). También estableció un formulario de Declaración Jurada para los transportistas que reemplaza al certificado único de lavado y desinfección de vehículos para el transporte de animales vivos, en el caso de que el lavadero habilitado de la localidad no esté disponible (Resolución 313/2020).