Sociedad

Preocupa la gran cantidad de vehículos abandonados

Decenas de automotores en desuso de todo tipo se encuentran estacionados en la calle, provocando molestias y preocupación en los vecinos – Urge tomar medidas para que sus dueños los retiren por cuenta propia o aplicando las legislaciones vigentes

Recorriendo distintos sectores de nuestra ciudad, se pueden observar vehículos en aparente desuso, estacionados en la vía pública desde hace mucho tiempo. En prácticamente cualquier lugar de Rojas se encuentran rodados, algunos en estado calamitoso, que parecen ya una postal porque permanecen estacionados desde hace muchos meses, incluso años, sin que por el momento nadie haya tomado cartas en el asunto.

Ante la preocupación manifestada a este diario por algunos vecinos, realizamos una recorrida y pudimos encontrar varios autos y otros tipos de transportes que permanecen estáticos al borde de las veredas, generando cierta inquietud por las molestias que esta situación genera, tanto porque su retiro significaría mayor espacio para estacionar y también por una cuestión de salubridad, por cuanto el paso del tiempo y las inclemencias del clima van haciendo que el estado de esos vehículos vaya empeorando con el paso de los días.

Si bien es difícil saber si algún conductor decidió abandonarlos en cualquier lugar para siempre o si su propietario reside en inmediaciones del lugar donde se encuentran, es necesario tomar acciones que apunten a su remoción, aplicando la legislación vigente.

De acuerdo a la información que pudimos conocer, a nivel municipal hay una ordenanza promulgada hace muchos años, la 24/82, que establece que aquel que abandone “automotores, maquinarias o rodados similares en la vía pública, será notificado, labrándose un acta de infracción y procediéndose luego a su traslado a un depósito municipal, debiéndose abonar la multa correspondiente para recuperarlos”.

Ley Provincial

En cuanto al ámbito provincial, la Ley N°14.547 y en el Digesto de Normas Técnico-Registrales de la Provincia de Buenos Aires contemplan el tratamiento de vehículos abandonados y la posibilidad que los ciudadanos puedan realizar las denuncias correspondientes para que el auto sea removido.

Para el caso de rodados abandonados, el procedimiento que determina la ley es la siguiente: “En una zona de fácil visibilidad del vehículo, se pega la copia de un acta donde consta el estado del vehículo y la intimación para retirar el vehículo en un plazo de 10 días corridos. Si el titular no concurre a retirar el vehículo, este será trasladado al depósito del municipio y se vuelve a intimar al titular otorgándole un plazo de dos semanas corridos para concurrir a pagar los recargos, tarifas de traslado o cualquier otro monto para llevarse la unidad. En el caso de que no haya podido recibir la notificación, las autoridades publicarán edictos en el Boletín Oficial y en un periódico municipal que tiene los datos del vehículo. Si se vence el plazo y el titular no ha retirado el vehículo, se declara en abandono”.

Cuando el vehículo es declarado en abandono, se archivan los datos en el Registro de la autoridad pertinente, debiendo la autoridad determinar si está apto para rodar.

Luego de efectuadas los peritajes, el intendente eleva los informes pertinentes que el vehículo pasará a estar a disposición de la autoridad provincial pertinente. Esta autoridad puede hacer lo siguiente con la unidad:

-Si está apto para rodar, se podrá ceder para uso de una entidad pública o subastarla luego de hacer públicos los mandatos la publicación oficial y en un periódico local. Allí debe aclararse el día, hora y lugar del remate, además de brindar una descripción breve del vehículo.

-Si se encuentran piezas, restos de un vehículo o si se considera que el vehículo en su totalidad no está apto para rodar, la autoridad ordenará su destrucción o compactación.

-Si no se considera apto para rodar, pero es un auto de colección o se considera de colección alguna de sus partes, la autoridad puede declarar su resguardo, subastarlo, donarlo a alguna institución de bien público, museo o demás instituciones de preservación de valor histórico.

Se les condonarán los cargos acumulados a los vehículos sometidos a alguno de los procedimientos mencionados previamente.

Es de destacar que la ley delega las facultades provinciales en cada Ejecutivo municipal y también merece destacarse que quedan expresamente excluidos de la Ley los vehículos involucrados en causas penales o cuyo motor o chasis se encuentren adulterados.